Departamento de Cultura y Política Lingüística

Premios Literarios Euskadi 2013

 

Departamento / Organismo Autónomo

Educación, Política Lingüística y Cultura


Órgano gestor

Dirección de Promoción de la Cultura


Objeto

Es objeto de la presente Orden regular y convocar los premios literarios Euskadi, en sus ocho modalidades:

  1. Literatura en euskera.
  2. Literatura en castellano.
  3. Literatura infantil y juvenil en euskera.
  4. Literatura infantil y juvenil en castellano.
  5. Traducción literaria al euskera.
  6. Ilustración de obra literaria.
  7. Ensayo en euskera.
  8. Ensayo en castellano.

Cada uno de los premios pretende distinguir la obra de aquellas autoras y autores vivos que, conforme al criterio de especialistas en la materia, resulten sobresalientes en cualquiera de los géneros literarios previstos.

Destinatarios/as

Podrán optar a los premios literarios Euskadi los libros escritos, traducidos o ilustrados por autores y autoras vivos en el momento de la publicación que, cumpliendo con los requisitos legales exigidos para su edición, hayan sido publicados por primera vez en el año 2012. Se entenderá el concepto de libro según la definición dada por la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la lectura, del libro y de las bibliotecas en su artículo 2.a) «Libro: obra científica, artística, literaria o de cualquier otra índole que constituye una publicación unitaria en uno o varios volúmenes y que puede aparecer impresa o en cualquier otro soporte susceptible de lectura». En el supuesto de que existieran dudas con relación a la fecha real de edición, se entenderá por año de publicación el que aparece en el número del Depósito Legal. El autor o autores de la parte escrita o gráfica de la obra que se presenta al premio deberán ser personas físicas.

No obstante, no serán tenidas en cuenta para cada modalidad aquellas obras que pese a reunir los requisitos establecidos en el apartado anterior hayan sido escritas, traducidas o ilustradas por personas galardonadas con el presente premio en alguna de las tres ediciones anteriores en la misma modalidad.

Normativa reguladora

ORDEN de 24 de abril de 2013, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se regulan y convocan los Premios literarios Euskadi en el ejercicio 2013


Personas de contacto

Marta Merino 945016937

Documentación a aportar

Las obras podrán ser presentadas por el autor o autora de la obra o por cualquier persona física o jurídica, tanto pública como privada. Así mismo, los miembros de los jurados podrán proponer candidaturas a los premios. En cualquier caso, para la presentación de las candidaturas se deberá contar con la conformidad previa y documentada de la persona o personas autoras de la obra candidata.

Junto con cada una de las candidaturas a los premios habrán de remitirse el Anexo I completado indicando la modalidad en la que se participa, y seis ejemplares de la obra candidata si la publicación ha sido en papel, o acceso a la edición digital. En la modalidad de traducción literaria al euskera deberá entregarse también un ejemplar de la obra original utilizada. Sólo en el caso de que la parte gráfica se presente a la modalidad de Ilustración, y la parte escrita a alguna de las otras modalidades, podrá ser presentada la misma obra en dos modalidades de los premios.


Tasas a aplicar

No.

Plazo de presentacion

El plazo de presentación de candidaturas a los premios finalizará el día 31 de mayo de 2013.


Lugar presentación solicitudes

Las candidaturas, junto con la documentación establecida en el apartado anterior, deberán dirigirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, a la Dirección de Promoción de la Cultura del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura del Gobierno Vasco, c/ Donostia-San Sebastián, 1 - 01010 Vitoria-Gasteiz.

Descripción de los trámites

Fallo del Jurado.


Órgano que resuelve

La Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura ratificará la propuesta del jurado mediante la correspondiente Orden, designando la obra merecedora del premio Euskadi para cada modalidad, Orden que será notificada a cada uno de los y las interesadas.


Plazo de resolución

Seis meses desde la publicación de esta orden en el boletín.

ORDEN de 31 de octubre de 2013

Efectos del silencio

Desestimatorios


Fín de la vía administrativa

La resolución pone fín a la vía administrativa


Recursos / Reclamaciones

Recurso Contencioso-Administrativo
Recurso Potestativo de Reposición


Formularios

Anexo I - Solicitud (pdf, 190 kB)

Otros documentos

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Observaciones

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Nota

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.


Fecha de la última modificación

09/12/2013