Departamento de Cultura y Política Lingüística

Subvenciones para financiar los programas deportivos de las federaciones deportivas vascas correspondientes al año 2017

[Subvenciones federaciones deportivas 2017]

Descripción


Objeto

El Decreto 287/2000, de 26 de diciembre, tiene por objeto regular el régimen de financiación de las federaciones deportivas mediante la concesión de subvenciones no reintegrables para sus programas deportivos anuales (BOPV nº 249, de 30 de diciembre de 2000). El artículo 3 del mencionado Decreto 287/2000 establece que anualmente, mediante Orden de la Consejera de Cultura, actualmente Consejero de Cultura y Política Lingüística se efectuará la correspondiente convocatoria para acogerse a las ayudas reguladas en el citado Decreto, en el que se concretará la dotación presupuestaria, el lugar y los plazos para la presentación de las solicitudes, la documentación que deben aportar las entidades solicitantes de las ayudas, la ponderación de los criterios de cuantificación de las ayudas así como el plazo y la documentación a aportar para la justificación de la ayuda.

Dotación presupuestaria

2.350.000

Prestación económica

El importe de la subvención a conceder a las federaciones que se acojan a la convocatoria regulada en la presente Orden se calculará mediante la suma de las siguientes cantidades:

1.- El cincuenta por ciento (50%) de la subvención que hubieren obtenido para financiar sus programas deportivos del 2016, al amparo de la Orden de 15 de diciembre de 2015, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se regula la convocatoria de subvenciones para financiar los programas deportivos de las federaciones deportivas vascas correspondientes al año 2016.

2.- Una vez determinadas las cantidades correspondientes a cada federación solicitante, de acuerdo con el apartado anterior, el importe global de las mismas se detraerá del que se indica en el artículo 4 de la presente Orden, distribuyéndose la cantidad resultante con arreglo a los siguientes criterios:

a) Programa deportivo (70% de los puntos).

Se valorará el interés del proyecto deportivo presentado atendiendo a las siguientes cuestiones:

- Competiciones deportivas oficiales organizadas por la federación.

- Actividades de formación deportiva.

- Existencia del cargo de Director/a Técnico/a.

- Actividades organizadas por las federaciones orientadas al deporte de participación (deporte de recreación,
ocio y salud).

- Actividades de las selecciones deportivas.

- Carácter autóctono de la modalidad deportiva.

b) Número de deportistas con licencia federada (5% de los puntos).

c) Utilización del euskara (10% de los puntos). Se concede un punto por cada una de las siguientes acciones desarrolladas en su totalidad en euskera y medio punto por cada acción desarrollada parcialmente en euskera. Si se consigue el total de los siete puntos se añaden otros tres hasta llegar al máximo de diez.

- Cursos de formación impartidos en euskara.

- Utilización del euskara en los documentos y publicaciones de la federación.

- Página Web en euskara.

- Atención al público en euskara.

- Utilización del euskara en las relaciones externas de la federación.

- Utilización del euskara en las relaciones con los miembros de la federación.

- Utilización del euskara en el paisaje lingüístico de la federación.

d) Nivel de autofinanciación (5% de los puntos) de acuerdo con la siguiente distribución:

0,00% - 49,99%: 0 puntos

50,00% - 74,99%: 2 puntos

Más del 75,00%: 5 puntos

e) Número de deportistas de alto nivel, reconocidos por el Consejo Superior de Deportes y/o por el Gobierno Vasco (5% de los puntos) de acuerdo con la siguiente distribución:

Puntos          

N.º deportistas        Puntos
1-32
4-64
mas de 65

f) «Diploma a la Gestión Avanzada», del Programa 3K de Euskalit, que reconoce a aquellas organizaciones que reciben el servicio de contraste externo de Euskalit y demuestran su compromiso de desarrollar los elementos que componen la Gestión Avanzada, o equivalente (5% de los puntos).

3.- Efectuada la valoración descrita en el apartado anterior, el porcentaje que la puntuación alcanzada por cada federación represente del total obtenido por todas las federaciones se aplicará a la cantidad total resultante a la que se refiere en el punto 2 de este artículo, para la determinación del importe restante de la subvención correspondiente a cada federación.

Forma de pago:

1.– Previa verificación de los requisitos para ser beneficiarios de la subvención y una vez presentada la solicitud de subvención junto con la totalidad de la documentación exigida en el artículo 3 de la presente Orden, se librará un primer pago anticipado, mediante resolución del Director de Juventud y Deportes en la que se determinará el importe que con carácter anticipado recibirá cada beneficiario, de acuerdo con el régimen de libramientos establecido en el artículo 5 del Decreto 287/2000, de 26 de diciembre, por el que se regula la concesión de
subvenciones para los programas deportivos de las federaciones deportivas vascas.

2.- El segundo pago anticipado se librará, mediante resolución del Director de Juventud y Deportes, una vez presentada la justificación de la subvención concedida el año anterior y aprobada la misma, por un importe equivalente al 25% de la subvención del mencionado año.

3.- El resto de la subvención, hasta alcanzar el total de la ayuda aprobada para el año para el que se solicita la misma, se liquidará una vez justificadas las cantidades concedidas en los libramientos anticipados.



A quién va dirigido


Federaciones deportivas vascas

Organismos


Organismo que convoca

  • Cultura y Política Lingüística > Viceconsejería de Cultura

Organismo que resuelve

  • Cultura y Política Lingüística > Viceconsejería de Cultura

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Solicitud

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Tres meses

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificación


Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria en los lugares señalados.

  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Justificación

Otros trámites